22 May Mercancías dañadas – cómo actuar al recibirlas
Publicado a las 09:33h
en Transporte Marítimo
Dentro de lo que puede salir mal en un embarque, se encuentra el hecho de recibir las mercancías dañadas. En tal caso, es la aseguradora la que se encargará de pagar por el siniestro acontecido. Sin embargo, el reclamo debe hacerse siguiendo un protocolo de pasos en concreto y dentro de un marco de tiempo determinado. En caso de que estas dos condiciones no se cumplan, la aseguradora puede reservarse el derecho de no pagar.
Pasos a seguir para reclamar por mercancías dañadas a la aseguradora
- Carta de reclamación: el receptor debe emitir una carta de reclamación a todos los actores intervinientes desde el momento en que se produce la descarga de las mercancías hasta la entrega de estas. Si los daños son evidentes, la carta debe ser emitida el mismo día de la recepción de las mercancías dañadas. Si los daños no resultan obvios a simple vista, el plazo para la emisión de la carta se extiende a tres días desde el momento de recibir el embarque.
- Comprobación del daño: se le dará parte a la compañía aseguradora para que esta asigne un perito que se encargue de verificar el daño. El perito designado por la aseguradora investigará las causas de los daños acaecidos. Independientemente de ello, podremos avisarle a la compañía naviera y a la transportista para que se presenten con su propio perito en el día asignado por la aseguradora para realizar sus propios peritajes. El siguiente paso es dar parte del daño al cargador. Acto seguido, es obligatorio minimizar el daño. Esto significa darle el máximo aprovechamiento posible a las mercancías que se dañaron, para así reducir el importe que la aseguradora deberá pagar. El proceso se cierra con la emisión del informe pericial por parte de la aseguradora.
Documentos a presentar para reclamar mercancías que han llegado con daños
- Certificado de seguro
- Factura comercial
- Informe pericial
- Bill of Lading (conoce aquí qué es y para qué sirve el Bill of Lading).
- Carta de reclamación y protesta
- Certificado de destrucción (solo aplica si las pérdidas fueron totales).
- Facturas de porte y fletes
Cabe aclarar que en este reclamo no están contemplados los perjuicios indirectos, tales como el gasto de almacenaje. A título de recomendación, es conveniente no desembalar las mercancías antes de la visita del perito de la aseguradora.