Bill of lading y sea waybill – qué son y para qué sirven

La documentación marítima es la garantía que obtiene el cliente acerca de la fiabilidad, seguridad y transparencia de sus negocios de importación. El crecimiento del e-commerce a incrementado el comercio internacional y las documentaciones deben encontrarse más al día que nunca. Hoy abordaremos al bill of lading y al sea waybill, dos documentos que suelen confundirse entre sí, pero que no son lo mismo.

Diferencias entre el bill of lading y el sea waybill

Mientras que el bill of lading, además de ser un contrato de transporte, deja constancia de que la propiedad de la mercadería, por lo cual puede ser utilizado ante las tramitaciones con el banco, el sea waybill no cuenta con dicha potestad. Este último es un mero documento que acredita el contrato entre la compañía naviera y el cliente. El waybill es la constancia del recibo de las mercancías, pero no hace constar que quien las recibe tenga derechos de comercializarlas.

En términos generales, el bill of lading es un documento de título, mientras que el sea waybill es un documento probatorio.

¿Sabías que las personas a bordo de un buque pasan muchos meses alejados de su familia? Por eso es que el centro bienestar de la gente de mar es de suma importancia para brindarles apoyo, confort y una conexión con sus hogares.

Suelen ser confundidos porque ambos exhiben la misma información: puerto de embarque, puerto de destino, descripción de las mercancías, buque y demás datos pertenecientes a la operación.

Qué y para qué sirven los documentos de embarque

  • Bill of lading: es el documento que deja constancia del curso que transitó la mercancía. A través de él queda establecido que esta se embarcó en determinado buque y bajo las circunstancias que el vendedor y el comprador acordaron previamente. Al tratarse también de un título de crédito, los bancos lo admiten cuando queremos hacer negociaciones con ellos.

Lo emite la empresa marítima o el capital del buque. A los efectos de poder retirar la mercadería del puerto, la persona cuyo nombre la acredite como consignataria de la mercancía, deberá presentar el original del documento endosado o tres originales sin endosar. Se recomienda optar por él cuando quien envía la mercadería quiere asegurarse el pago de esta. Esta situación ocurre en relaciones comerciales que recién están naciendo o en aquellas que no serán a largo plazo. Debido a que el proveedor de las mercancías puede retrasar el envío de los documentos originales, se asegura el pago antes de que el cliente reciba el cargamento.

  • Sea waybill: al no acreditar la propiedad de la mercancía, sino solamente la existencia de un contrato entre la naviera y el cliente, no se necesita presentar ningún original del documento para retirarlas. Basta con que la persona que figura como destinataria se presente en el puerto con su identificación, para que le liberen los contenedores. Este documento es muy conveniente para importaciones de tránsito corto. Al optar por él, se evitan costes de almacenamiento y demoras en el arribo de las mercancías al destino final.